La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (Coprodec), un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía, emitió este martes el fallo que confirma el rechazo a la operación por la cual Minerva Foods le compraba tres plantas frigoríficas a su compatriota brasileña Marfrig en Uruguay.
El fallo, de 36 páginas, realiza un extenso análisis de los elementos que se consideraron para bloquear la operación, y repasa los distintos actores del mercado que concurrieron a la Coprodec. Según el organismo, el pasado 29 de abril se concluyó que, tras la evaluación del impacto económico de la operación proyectada, en lo medular, “es concluyente en cuanto a que la operación propuesta daría lugar a la creación de una posición dominante, y a un mercado altamente concentrado”.
La Coprodec se basó en el Artículo 9 de la Ley 18.159 en el cual “se prohíben las concentraciones económicas que tengan por efecto u objeto, restringir, limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia actual o futura en el mercado relevante”.
Según la resolución, la “evaluación de impacto efectuada es concluyente en cuanto a que la operación daría lugar a la creación de una posición dominante en la que Minerva concentraría el 43% de la faena de ganado bovino del país”. Agrega que la operación proyectada supondría “un aumento sustancial en el poder de compra de Minerva en el mercado de compraventa de hacienda para faena y la limitación a la capacidad de competencia de Marfrig en dicho mercado”.
Por otro lado, se argumenta que de las pruebas diligenciadas se desprende que los frigoríficos más pequeños tienen una capacidad reducida de faena respecto a los principales agentes del mercado (en particular Minerva y Marfrig), sumando a una menor capacidad financiera, algo que limita su “presión competitiva” sobre la concentración que está a estudio.
Otro de los elementos que la comisión puso arriba de la mesa es que un accionista importante de Minerva (SALIC), sea socio de Marfrig en la empresa BRF, algo que “puede facilitar la comunicación entre las empresas y ser un incentivo para suavizar la competencia entre Minerva y Marfrig en diferentes mercados”. También cita un informe del INAC donde se establece que las empresas multiplanta “no generan una ventaja en costos con respecto a las empresas que operan plantas únicas”. Recordó que en el pasado Minerva “ha operado sus plantas industriales con niveles de capacidad ociosa significativos”, hecho que “cuestiona la importancia de la adquisición de nuevas plantas industriales para la obtención de nuevas eficiencias productivas”.
La Coprodec asegura que se desprende “con meridiana claridad y contundencia de la evaluación de impacto efectuada en los informes económicos producidos, que la operación daría lugar a la creación de una posición dominante y a un mercado altamente concentrado”, y donde una sola empresa tendría la “aptitud para limitar, distorsionar o reducir sustancialmente la competencia, existiendo, además, barrera a la entrada de nuevos competidores”. Asimismo, argumentó que existen barreras sanitarias específicas para la exportación de ganado en pie con destino a faena y que esos mercados son “puntuales y limitados”, y que los productores no cuentan con una opción para la sustitución intertemporal de la producción.
Tanto Marfrirg como Minerva rechazaron el fallo de la Coprodec por considerar que parte de una definición “incorrecta” en lo que respecta a los mercados relevantes. Además, se asegura que “Minerva no ostenta ni ostentará una posición relevante en los mercados de referencia”. Agregan que la Coprodec “se basa en meras suposiciones para rechazar la operación”.