Por Agrofy News

El gobierno argentino, a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, elaboró una lista de denominaciones de origen para elaborar un listado de "usuarios previos" que podrán seguir utilizándolas en el marco del acuerdo entre el Mercosur y la Unión Europea.

"Los usuarios previos de determinados términos a ser protegidos como indicaciones geográficas, tendrán derecho a continuar su uso bajo ciertas condiciones", destaca la publicación del Boletín Oficial.

Este mecanismo se da en el marco del "acuerdo en principio" alcanzando entre la asociación entre el Mercosur y la Unión Europea.

En este sentido, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, requiere a las personas físicas o jurídicas que fueran usuarios de las denominaciones de productos que a continuación se detallan, que soliciten su inscripción en el listado de “usuarios previos”:

 

Términos y parámetros de uso

 

  1. Parmesano: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2017 del término Parmesano en forma continua tanto en territorio nacional como en Paraguay y/o Uruguay

 

  1. Parmesão: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2017 del término Parmesão en forma continua en Brasil.

 

  1. Reggianito: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2017 del término Reggianito en forma continua en territorio nacional y los usuarios previos al 1° de noviembre de 2012 del término Reggianito en forma continua en Paraguay y/o Uruguay.

 

  1. Fontina: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2012 del término Fontina tanto en territorio nacional como en Brasil, Paraguay y/o Uruguay.

 

  1. Gruyère: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2012 del término Gruyère tanto en territorio nacional como en Brasil, Paraguay y/o Uruguay.

 

  1. Gruyere: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2012 del término Gruyere tanto en territorio nacional como en Brasil, Paraguay y/o Uruguay.

 

  1. Gruyerito: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2012 del término Gruyerito en Uruguay.

 

  1. Gruyer: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2012 del término Gruyer en Uruguay.

 

  1. Queso Manchego: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2012 del término Queso Manchego en Uruguay, elaborado con leche de vaca.

 

  1. Grana: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2012 del término Grana en Brasil.

 

  1. Gorgonzola: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2017 del término Gorgonzola en Brasil.

 

  1. Ginebra: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2012 del término Ginebra en territorio nacional.

 

  1. Genebra: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2017 del término Genebra en Brasil.

 

  1. Steinhäger: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2017 del término Steinhäger en Brasil.

 

  1. Grappamiel: Los usuarios previos al 1° de noviembre de 2017 del término “Grappamiel” o “Grapamiel” en Uruguay.

 

Desde la cartera oficial aclararon que sólo se permitirá la continuidad del uso de denominaciones de productos señaladas por parte de "usuarios previos" a quienes se encuentren en el listado que al efecto se elabore.

Según informaron, el plazo para solicitar la inscripción en el listado de "usuarios previos" es hasta el 26 de junio de 2020. El pedido debe remitirse a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. por mail.

"La solicitud deberá identificar el nombre o razón social del/ la usuaria/o y nombre de fantasía, según corresponda", explicaron.

Asimismo, y como evidencia de uso previo en el territorio nacional deberán remitirse las constancias de registro nacional, provincial o municipal anteriores a las fechas detalladas para cada denominación de producto y quienes exporten a Brasil, Paraguay y/o Uruguay deberán remitir las constancias de uso pertinentes en dichos territorios.

Todo ello acompañado por una declaración jurada solicitando la continuidad de uso de los términos que corresponda y la documentación que se presenta como aval de cada denominación.